PERMISO TRANSITORIO A EXPEDICIONES MÉDICAS EXTRANJERAS

Se trata de una autorización temporal que concede la autoridad colombiana competente al personal de salud extranjero para ejercer una ocupación o profesión en el país, en el marco de misiones científicas o de prestación de servicios de salud con carácter humanitario, social o investigativo. Estos permisos se encuentran establecidos en el artículo 18 de la Ley 1164 de 2007 y el procedimiento y los requisitos que se deben cumplir están previstos en el Decreto 4192 de 2010, artículos 21 al 23.

Consulte AQUÍ el ABECÉ del Ministerio de Educación Nacional

CIRCULAR 024 DE 2018, del Ministerio de Salud y Protección Social

REQUISITOS DEL PROFESIONAL

  1. Hoja de vida con soportes, del o los profesionales de la salud, que participarán en la misión.

  2. Copia al 100% del pasaporte del o los profesionales, que estarán en la misión.

  3. Copia al 100% de la licencia médica del país de origen, del o los profesionales de salud.

Información importante

  1. El Colegio Médico Colombiano, es la entidad encargada de recepcionar las solicitudes para tramitar los Permisos Transitorios para Expediciones Médicas Extranjeras, desde Noviembre de 2015.

  2. Este permiso transitorio es única y exclusivamente para profesionales extranjeros, que ingresan para participar en jornadas o campañas de salud dirigidas a la población vulnerable del país, por un periodo de tiempo limitado.

Consulte los requisitos para solicitar el permiso transitorio